Los elementos de la Policía Nacional Civil (PNC) que tienen la categoría de comisionado ya no tendrán que esperar a tener cinco años de servicio activo en dicha categoría, ya que las nuevas disposiciones aprobadas por los diputados el jueves reducen este requisito a tres años y tampoco tendrán que someterse a un curso de ascenso.

Con 62 votos de Nuevas Ideas y sus aliados, la Asamblea legislativa aprobó las “Disposiciones Especiales Transitorias para regular el Procedimiento de Asenso a Comisionado General de la Policía Nacional Civil (PNC)”, para regular los criterios y el procedimiento para el ascenso a la categoría de “Comisionado General” de la PNC.

El decreto avalado deroga las disposiciones transitorias para el ascenso a comisionado general emitidas en mayo de 2019, la cuales establecieron los siguientes requisitos para optar al ascenso:
- Deberán ser graduados de la Academia Nacional de Seguridad Pública (ANSP), de las promociones primera, segunda o tercera del Nivel Superior.
- Encontrarse en servicio activo y haber prestado como mínimo servicio efectivo de cinco años en la categoría de comisionado.
- No haber sido condenado penalmente durante el ejercicio de los cargos.
- Carecer en el historial de servicio de anotación de sanción disciplinaria por falta grave o muy grave no cancelada, de acuerdo en lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley de la Carrera Policial.
En las nuevas disposiciones se establecen los siguientes criterios:
- Tres años de servicio activo en la categoría de comisionado.
- Puesto de trabajo estratégico que desempeñe dentro de la PNC o en la ANSP.
- El mérito en el desempeño profesional de comisionado.
- Conocimientos especializados en las áreas estratégicas de la PNC o la ANSP en las cuales se requiere de calificadas aptitudes y actitudes.